¡Únete a Community of Insurance!

Control de contratistas – materia de seguros

Fecha

[vc_row][vc_column][vc_column_text]

mariela-lorena-gallottiPor: Mariela Lorena Gallotti

Cuando la empresa emplea contratistas para realizar sus tareas debe realizar el control de GESTION DE RIESGOS (ya sea laborales, contractuales y legales).  Se decide llamar contratistas porque son personas especializadas que vienen a realizar una tarea puntual por la cual se la ha contratado.  Están generalmente muy especializados en su metié.

Los contratistas, subcontratistas, sus vehículos, empleados y otras herramientas que ingresan a la fábrica, a las oficinas o las instalaciones de la empresa deben estar correctamente asegurados y con las cláusulas necesarias para cubrirnos legalmente.  Cabe aclarar que los contratistas o sub-contratistas pueden también realizar tareas en la vía pública o en el domicilio de un tercero, siempre por cuenta del principal (asegurado, que vendríamos a ser nosotros).

Cuando hablamos de “Control de Contratistas” nos estamos refiriendo a la práctica de ciertos controles como inspecciones oculares, auditorías presenciales y solicitud de documentación respaldatoria y otras evidencias.  A mayor complejidad y cantidad de la red de contratistas y subcontratistas, mayor control se deberá ejercer.

Las ventajas del control de contratistas: reduce el impacto y probabilidad de ocurrencia de una contingencia relacionada con la tercerización de un servicio o producción de un bien.

El objetivo es minimizar el riesgo que invoque la RESPONSABILIDAD SOLIDARIA que surge al subcontratar.  Motivos: daños a terceros (Responsabilidad Civil Operaciones), Haberes impagos (laboral), accidentes del personal del contratista.

Por ello, resulta importante tomar en cuenta lo siguiente:

  • Definición de roles y responsables.
  • Asignación de grupos de contratistas (no se pueden exigir los mismos requisitos a todos los contratistas, evaluar el riesgo al que cada uno se expone y expone a nuestra empresa)
  • Los auditores de contratistas deben ser idóneos en la tarea (vale decir: conocer los procesos y los riesgos a los que se expone el propio contratista y nos expone a nosotros como principal).

La legislación argentina establece la Responsabilidad Laboral Solidaria en la Legislación, artículo 30 de la LCT (Ley Contrato de Trabajo): “Quienes cedan o contraten… trabajos o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propia del establecimiento, dentro o fuera de su ámbito… deberán exigir a sus cesionarios o contratistas el adecuado cumplimiento de las normas relativas al Trabajo y los organismos de la Seguridad Social.”

“Los cedentes o contratantes deberán exigir a sus contratistas o subcontratistas:

  • Número de CUIL (Constancia Unica de Identificación Laboral) de cada trabajador que preste servicios
  • Constancias de pago de remuneraciones
  • Comprobantes de pagos mensuales al SSS (Servicio de la Seguridad Social), Obra Social, y de corresponder, a la asociación sindical
  • Cuenta Corriente Bancaria para cada trabajador
  • Cobertura de Riesgos del Trabajo (ART)

La obligación en cabeza del principal no podrá delegarse, siendo solidariamente responsable frente a los eventuales reclamos.

Resumiendo: tendremos que pedir lo siguiente a nuestros contratistas:

  • Seguro de Accidentes de Riesgos del Trabajo (ART):

La contratista deberá entregar certificado emitido por la ART donde conste el personal cubierto en póliza, y se aclare además que no existe deuda pendiente al período de pago inmediato anterior.  Dicho certificado deberá ser actualizado en forma mensual.  El certificado deberá contener Cláusula de No Repetición a favor del principal.

  • Seguro de Accidentes Personales:

El contratista deberá presentar Certificado de ACCIDENTES PERSONALES  donde conste como asegurado el principal para el caso de personal que no esté en relación de dependencia con el contratista.  Las sumas aseguradas recomendadas en este caso hoy arrancan en $500,000.- con algún sublímite de Asistencia Médico Farmacéutica de aprox $15,000.- (pesos argentinos).

  • Seguro de Vida:

El contratista deberá contratar para su personal el Seguro de Vida Colectivo Obligatorio (Decreto Ley N° 1567/74), como asimismo todo otro seguro de vida que por convenio de trabajo, convención colectiva u otra disposición específica al gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.

  • Seguro de Responsabilidad Civil (RC):

Póliza amparando la RC como consecuencia de todas las tareas a desarrollar por el contratista y subcontratistas a cargo.  El comitente deberá figurar como asegurado adicional.  Incluir Cláusula RC Cruzada.

  • Seguro Automotor:

Con límites de RC Vigentes, cubriendo todos los automotores afectados al contrato.

  • Seguro de equipos y máquinas:

Contratistas y subcontratistas deberán mantener asegurados durante el período completo de la realización de la obra, la totalidad de los equipos y máquinas afectados a la misma, con pólizas específicas de seguro técnico (ejemplo: grúas, guinches, autoelevadores, hidroelevadores, etc).[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

¡Únete a Community of Insurance!

Los datos personales facilitados y cualesquiera otros generados durante el desarrollo de la relación contractual o comercial que mantengamos, serán tratados por COMMUNITY OF INSURANCE, S.L. La finalidad del tratamiento es gestionar y generar tu perfil profesional en nuestras aplicaciones y redes, gestionar los distintos servicios que proporciona el sitio web, y promover u organizar las actividades o eventos que desarrollemos, con el objetivo final de favorecer a la interrelación entre profesionales. Dicho tratamiento se basa en su consentimiento, en la relación contractual o comercial existente entre las partes, y en nuestro interés legítimo. Se podrán ceder datos a terceros para la prestación de servicios auxiliares, el cumplimiento del contrato, o por estricta obligación legal. Se podrán realizar transferencias internacionales de datos, a países con el mismo nivel de garantía.. Puede, cuando proceda, acceder, rectificar, suprimir, oponerse, así como ejercer otros derechos, tal y como se detalla en la información adicional y completa que puede ver en nuestra política de privacidad.

Artículos
relacionados