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Seguro de riesgos de trabajo en Argentina

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[vc_row][vc_column][ad id=»26553″][vc_column_text]marielagallottiSobre la actualidad del Seguro de Riesgos del Trabajo (ART) en República Argentina

Por Mariela Lorena Gallotti

LinkedIn: https://ar.linkedin.com/in/marielagallotti

Twitter: @marielagdecaram[/vc_column_text][vc_separator color=»green» border_width=»5″][vc_column_text]Muchos de mis clientes, amigos y lectores de este foro, tanto de República Argentina como del resto del mundo me han pedido especialmente que redactara una nota sobre la actualidad del Riesgo “papa caliente” o “hot” como dicen ahora los jóvenes… que es ni nada más ni nada menos que ART (Accidentes de Riesgos del Trabajo)

El pasado 20 de octubre 2016 se presentó un proyecto de Reforma de la Ley vigente.

Hoy en este artículo analizaremos los siguientes puntos:

  • ¿Qué está pasando con la jurisprudencia? Recomendaciones para empresas que ha dado la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo).
  • ¿Qué puede hacer cada empresa (asegurado) en el marco de litigiosidad en el que estamos inmersos?
  • Principales aspectos que regulan prevención de Riesgos del Trabajo.

El sector empleador hoy está bastante perdido: no sabe bien qué hacer.  Tiene incertidumbre.  Ya van veinte  años del sistema de Riesgos del Trabajo.

Línea del tiempo con reformas normativas, centradas en la mejora prestacional (dinerarias, ya que en especie siempre fueron buenas en general)

Medidas  que se dieron desde 1996 a la actualidad

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Principales cambios que se han dado desde el nacimiento de la Ley en 1996

  • Incorporación de la prevención
  • Sistema de registro de la siniestralidad de todas las empresas, instituciones, ONGs, sociedades (asegurados) en la República Argentina
  • Informatización de toda la información referida al sistema: servicio, atención a los trabajadores, etc.
  • Casi toda su gestión se maneja online permanentemente, informando al organismo de contralor SRT
  • Casi 10 millones de trabajadores cubiertos
  • Morosidad baja
  • Alta penetración en el sector productivo
  • El índice de mortalidad en estos años bajó un 70%. Se evitaron más de 9,200 muertes

mariela2Recalificación: para reinsertarse en otro puesto de la misma empresa u otra, con menú de capacitación en el trabajo.

Evolución de la litigiosidad en función del paso del tiempo:

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La litigiosidad se ha multiplicado por 40 desde el año 2004, como se puede observar en el gráfico anterior.

Esperando 122.000 nuevos casos para este año. No tiene explicación ni correlato con lo que es el servicio, como podrá sacar en conclusión el lector en este momento.

Entonces me pregunto ¿Faltan prestaciones? ¿Qué sucede?  Bajó la siniestralidad pero la  litigiosidad no cesa.  Entoces hay otras causas, evidentemente.

Analicemos lo siguiente, por favor:  Evolución de Juicios por provincia

mariela4Muchas jurisdicciones migran casos a C.A.B.A. porque les conviene más la tasa de actualización (tasa activa o activa recargada) que se aplica. C.A.B.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) Concentra 50% de los casos.

Tasa con la cual el Banco Nación Argentina (B.N.A.)  brinda préstamos personales de libre disponibilidad a 5 años.  Hoy 47% en Ciudad de Buenos Aires vs. 36% que toma la Cámara.

Web: http://www.bna.com.ar/

Bajan los índices de siniestralidad pero no baja la litigiosidad.

Litigiosidad en Alza: Evolución de los juicios ingresados cada 10.000 trabajadores cubiertos, por sector de actividad

 

mariela5Accidentes en Baja: Evolución de los accidentes cada 10.000 trabajadores cubiertos, por sector de actividad

mariela6Desafíos a ser abordados en ART para hacer que el sistema sea fuerte y cumpla con su cometido:

  • Unificación de criterios jurisprudenciales: que no haya interpretaciones diversas ante casos iguales o similares. Termina siendo una ruleta.  Fallo 7 de junio 2016  (para más información pueden consultar este link:

http://www.cij.gov.ar/nota-21858-La-Corte-resolvi–que-el-reajuste-de-indemnizaciones-por-accidentes-de-trabajo-dispuesto-por-la-ley-26.773-en-el-a-o-2012-no-puede-aplicarse-a-los-accidentes-ocurridos-con-anterioridad.html

 

  • Peritos cobran en función del volumen dinerario de indemnización, entonces quieren que la indemnización sea lo más alta posible.  SRT vela por que los honorarios de los peritos sean fijos, independientemente del resultado del siniestro.  Cambio: que se les pague a los peritos por el trabajo que realizan, más allá del porcentaje de incapacidad que se le dictamine al trabajador.  Regular eso.
  • Determinación de ILP (Incapacidad Laboral Permanente). Procedimiento para dirimir diferencias entre empleado y aseguradoras de riesgos del trabajo.

Abogados bolseros (hacen copiar y pegar con los casos, que manejan a mansalva)  empezaron a llamar a las aseguradoras para cerrar casos y no llegar a juicio.

A tal efecto la SRT ha trabajado en conjunto con las aseguradoras y los empleadores y han identificado entonces 3 (tres) requisitos para la base aseguradora (certidumbre y automaticidad):

  1. Definir contingencias
  2. Definir prestaciones
  3. Solución ágil ante discrepancias: quienes dirimen se ajusten a lo pactado.

Esto es interesante para sostener el sistema en el tiempo, saber a qué atenderse y velar por la seguridad jurídica.

Próximos 20 años:

  • Incorporar más trabajadores
  • Inversión en tecnología
  • Menores pasivos contingentes
  • Mayor prevención. Accidentes cero.

Proyecto de Ley:  Contiene tres grandes temas

  1. Procedimiento: trabajador con accidente, concurre a la ART. Entonces que acuda primero a la comisión médica (reconfigurada, calidad de cosa juzgada)
  2. Honorarios de peritos fijos
  3. Recurso: carácter suspensivo (diferente a hoy: ART paga incapacidad al trabajador y este puede hoy seguir reclamando).
  4. Obligación de utilizar el baremo nuevamente como parte del trabajo de los peritos

Esto depende de las Provincias, cada Provincia tendrá que aprobar en Poder Legislativo las normas

Efecto inmediato en C.A.B.A.

mariela7Conclusión:

El sector empresario está ansioso por ver más y mejores cambios en el sistema actual de Riesgos del Trabajo.  Para poder lograr tranquilidad y seguridad jurídica al invertir en la actividad productiva de la República Argentina.

Y las aseguradoras a su vez puedan ser confiables, solventes y cobren prima en función a riesgos analizados y actuarialmente coherentes.

Ojalá se pueda lograr en el corto y mediano plazo, para poder construir en el largo plazo.

Fuentes:

  • Superintendencia de Seguros de la Nación ssn.gob.ar
  • Superintendencia de Riesgos del Trabajo srt.gob.ar
  • Consejo Profesional de Ciencias Económicas C.A.B.A. consejo.org.ar

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