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Las preferentes, un problema social

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(Nota del editor: Hace más de 20 años que conozco a Vicente Benedito, cuando él era Consejero Delegado del Banco de Comercio, del entonces Grupo BBV y yo era Director General de la compañía AURORA. Guardo un buen recuerdo de la puesta en marcha de la venta de seguros de vida y no vida por las oficinas del banco.  Fue un tema importante y bien llevado por dos equipos sensacionales, el del Banco y el de la Compañía. Cuidamos mucho la formación que se impartió a todos los empleados de las oficinas del banco. La visión de Vicente, su carácter risueño y su capacidad de dirigir fue fundamental para el éxito conseguido. Después presidió el BBV Brasil, a su regreso fue Director General del BBV y responsable del Area de seguros y pensiones. A su salida del banco, emprendió una nueva actividad directiva en Sacyr. Una de sus pasiones es enseñar, habiendo sido profesor de varias escuelas de negocios. Agradezco a Vicente su colaboración en este blog)
Escribe: Vicente Benedito
La CNMV ha calificado las participaciones preferentes como valores emitidos por una sociedad que no confieren derechos políticos  – voz y voto en la junta general – a sus poseedores, aunque refuerzan los ratios de capital, como si de acciones ordinarias se tratase; con vocación de perpetuidad y cuya rentabilidad no está garantizadaSu naturaleza, híbrida entre la renta fija y variable, supone que el organismo regulador también las considere como un instrumento complejo y de riesgo elevado, que puede generar rentabilidad, pero también pérdidas en el capital invertido.

Para proteger a los inversores y para determinar su idoneidad para reforzar los ratios de capital, la legislación siempre ha impuesto criterios muy estrictos y de obligado cumplimiento en los procesos de emisión de las participaciones preferentesLas entidades deben presentar el llamado “Folleto de Emisión” ante el órgano encargado del buen funcionamiento del mercado, donde incorporan una exhaustiva y estandarizada información financieranecesaria para obtener la obligada autorización administrativa y para que, posteriormente, inversores y agencias de rating puedan determinar su nivel de riesgo y situación patrimonial, al poder consultarlo en un Registro Público. El proceso está, por tanto, muy regulado y no admite presiones ni injerencias, ajenas a las demandas de transparencia y fiabilidad de los inversores.

Origen

Las preferentes son un instrumento que ha existido desde mucho antes que se hayan hecho tristemente famosas para muchas familias. Fue en 1998, cuando se regularon por primera vez, anulando la capacidad de emisión a las entidades nacionales, que utilizaban sus filiales dependientes en el exterior para hacerlo y cumplir sus ratios de solvencia a un coste inferior al del capital constituido por acciones ordinariasEl volumen emitido se circunscribía a las entidades de gran tamaño, sometidas al control adicional de las agencias de rating, muy severas en la calificación del volumen y características del producto; y se distribuían entre inversores institucionales, salvo algún caso excepcional. El volumen emitido, entre 1998 y 2003, superaba los 19.200millones de euros, de los que, se estima, una cuarta parte podría haberse distribuido por la red de oficinas de las entidades financieras.

La ley 19/2003 reguló la emisión de participaciones preferentes estableciendo laobligatoriedad de cotización en los mercados de renta fija, así como el régimen fiscal de las mismas y la posibilidad de que las emitiesen las entidades nacionales. Ello posibilitó que cajas de mediano y pequeño tamaño accediesen a la venta de este producto, con el objetivo de disponer de mayor liquidez y solvencia, para poder financiar la explosión del crédito. Es de singular importancia el dato de que el crédito se duplicó entre 20032006 lo que permite valorar la importancia que tuvo este producto para las entidades financieras. El volumen emitido a partir del 2003 se eleva a alrededor de 15.700millones de euros, y en un porcentaje muy significativo – más del 80% – podría habersecolocado entre particulares, en principio menos capacitados para comprender su verdadero alcance y, en consecuencia,   menos exigentes en sus criterios de inversión.

 La crisis impulsa las emisiones

En 2009, cuando las entidades empiezan a sufrir las consecuencias negativas del crecimiento desmesurado del crédito que,  lejos de moderarse tras el estallido de la crisissiguió creciendoel volumen emitido alcanzó los 16.700 millones de euros, una cifra mayor, en un solo año, que la acumulada entre 2003 y 2006.

Liquidezrentabilidad, amortización anticipada y concurso

Una vez que la cotización está supeditada a un mercado de renta fija, se puede presuponer cierto grado de liquidezpero ésta necesariamente será mínima. Si compro participaciones preferentes, es muy probable que no pueda venderlas al mismo coste de adquisición opeor aún,  puedo dar la orden y sentarme  a esperar, ya que es un mercado que opera con muy poca liquidez en la práctica,  la intermediaria es la propia entidad emisora, surgiendo así un verdadero conflicto de interés no combatido por el“regulador”.

En la propia emisión de participaciones preferentes se fija la rentabilidad anual que se va a ofrecer mediante el pago de intereses periódicos. Esta rentabilidad, consecuencia de lo ya comentado, y de la ausencia de vencimiento, habrá de ser muy atractiva habida cuenta de la  “iliquidez” que en la práctica tienen las mismas. Además existe laposibilidad de la suspensión del pago de los intereses si se dieran determinadas condiciones adversas para el emisor, como puede ser incurrir en pérdidas o afrontar nuevas inversiones que aconsejen no pagar intereses.

Otras de las “bondades” del producto, es la posibilidad de que la entidad emisora puedaamortizarlas anticipadamente transcurrido el quinto año. A partir de 2009, muchasentidades se aprovecharon de este recurso para proceder a su amortización por debajo del nominal, materializando las plusvalías correspondientes, para dotar más provisiones.

En caso de concurso de la entidad, la acción preferente ocupa, en relación al cobro, elpenúltimo lugar por delante de los accionistas.

Destinatarios

Está claro, pues, que visto su origen y características era un producto destinado a inversores institucionales y ahí debería haberse quedado, evitando los problemas que conocemos.

Sin embargo, a partir de 2009, comienzan a producirse determinadas circunstancias no previstas que provocaron la afloración de todos los riesgos inherentes
al instrumento financiero 
“abriendo la caja de los truenos”: las entidades emisoras al necesitarreforzar la solvencia y la liquidez, y estar saturado el mercado institucional, deciden colocarlas mayoritariamente a los particulares a través de sus redes comerciales.

Fueron las estrellas y ahora son las estrelladasPorque de ser un producto conservador y rentable  ha pasado a ser una pesadilla. Los inversoresconfiados, en la mayoría de los casos desconocían e ignoraban lo que les vendían y los riesgos ciertos queasumían. En definitiva ha sido  un producto mal comprado y peor vendido. Losreguladores, cuya autorización era necesaria para la emisión, aconsejaban limitar su venta a aquellos clientes con mayor cultura financiera – banca privada y banca de empresas – sin querer enterarse mucho de lo que realmente estaba sucediendo  – nadie quería poner el cascabel al gato – aunque en 2011 se abrieron seis expedientes «por defectos en la comercialización» de este productos. Ello plantea si ha sido suficientemente exigente la CNMV en la observancia, por parte de las entidades colocadoras, de los deberes de transparencia y diligencia contemplados en la propia normativa del organismo regulador.

Pero no fue el único pecado que favoreció su comercialización sin controles. En paralelo surgió otro: la condescendencia de los clientes. La falta de espíritu crítico y de suficiente formación financiera allanó el camino a los comerciales de las entidades. Según reconocen fuentes del sector, no fue inusual que un cliente que acudía preguntando por un depósito saliera luego con preferentes bajo el brazo. Se lespresentaba como un depósito de alta rentabilidad, que le permitiría disponer de su dinero en todo momento y en el que no existían riesgos. El hambre de las entidades, que necesitaban financiación, se combinó con la “gula” de los ahorradores, que se dejaban seducir por los mensajes de una rentabilidad superior a la de los depósitos. No obstante, en muchas ocasiones, las participaciones preferentes fueron colocadas entre pequeños y medianos ahorradores, cuando sus destinatarios deberían haber sido personas con una mayor preparación financiera. Por ello, se debería haber mejorado la información y la supervisión de esta clase de productos, dada la asimetría que se produce entre la actuación de las redes comerciales, muy presionadas para cumplir objetivos– y con pocas, por no decir ninguna, posibilidades de decisión – la demanda de unos clientes que, por falta de formación financiera, pensaban que sus gestores buscaban lo mejor para sus intereses. Los clientes eran, con algunas excepciones,clientes minoristas en cuanto a su perfil inversor, ostentado además muchas veces la condición de consumidor  de acuerdo con el concepto que del mismo hace la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios en su artículo tercero.

Soluciones

Las nuevas exigencias de capital han restado atractivo a las preferentes como instrumento financiero para reforzar los ratios de solvencia de las entidades. Por ello, si en 2009 las colocaron, ahora las recompran,  – en el menos malo de los escenarios posibles – ofreciendo un canje, ya que las mutan por acciones o bonos convertibles.

Para los tenedores de preferentes, este viraje estratégico les deja dos alternativas. Por un lado, no aceptar las ofertas de canje, con lo que se quedarían con un producto ilíquido y sin vencimiento y con un precio a la baja. Y por otro, aceptarlas, con lo que pasarán a tener un título más líquido -acciones- y potencialmente – dependiendo siempre de la entidad emisora de que se trate – más rentable que las preferentes pero también con mucho más riesgo. Es decir, un producto totalmente diferente al que en su díacompraron,  o creyeron comprar.

En definitiva, a mi juicio, existen tres tipos de clientes afectados por las preferentes:

 

los clientes que sabían perfectamente lo que compraban y que ahora quieren aprovecharse de la situación pretendiendo hacer ver que han sido engañados, y a los que no habría que darles ninguna solución diferente a la de soportar los riesgos de su inversión.

 

los clientes que no tenían los conocimientos financieros necesarios, pero a los que se les explicó perfectamente lo que compraban y los “hipotéticos problemas” que podían tenery a los que se les entregó toda la documentación legal  y administrativa que soportaba dicho producto. Aunque la situación de bonanza económica en la que compraron no es la que hoy sufrimos, a este tipo de clientes debería aplicárseles la solución de la conversión en acciones o en obligaciones convertibles sin más.

 

los clientes  sin los conocimientos financieros necesarios a los que no se lesexplicaron las características del producto que adquirían, o que  fueron sorprendidos en su buena fe porque creyeron que lo que adquirían era un depósito a plazo tradicional. Para estos la solución debería ser el reembolso de la inversión realizada,  la conversión en un depósito a plazo de no más  de tres años y  en condiciones de mercado – para no generar tensiones liquidez a las entidades precisamente en estos momentos – o bien darles la posibilidad de que puedan compensar su importe con alguno de sus pasivos bancarios, si los tienen.

 

Sin embargo, mi “buen deseo” choca frontalmente con la necesaria seguridad jurídica y la improcedencia de la discriminación entre unos y otros en función de criterios de capacitación y conocimiento de cada cliente afectadode más que dudosa y acreditable justificación. Por ello no me queda más remedio que defender, como mejor, y más justa, salida,  el canje por acciones, o por deuda subordinada. No olvidemos, además, que en las entidades nacionalizadas, la UE está exigiendo que el canje seefectúe por el valor real del producto. Y en todo caso la última palabra tendrá que ser pronunciada por los Tribunales de Justicia en el supuesto que se acuda a ellos. De hechoya han dictado alguna sentencia en la que se considera  que la falta de información  invalida y anula el contrato de compra.

 

Así las cosas, y yendo más lejos todavía, de cara al futuro, y para que este tipo de situaciones no vuelvan a producirse, en relación con los productos financieroscomplejos que se distribuyen por las redes comerciales, deberá exigirse unaacreditación retirable (licencia) para quienes los comercializan. Así es en el ReinoUnido cuya legislación impone sanciones si se vulneran las buenas prácticas en esta materia, pudiendo incluso ser excluidos del sistema.

 

Finalmente, también sería deseable, como en otros aspectos del mercado bancario,extremar el control por parte de los organismos competentes, tanto en  la creación de los productos como en su posterior distribución y seguimiento para evitar que se produzcan abusos de mercado.

 

Y  como siempre, queridos lectores, “luchemos todos contra la corrupción.

Como dijo Aristóteles, “la corrupción de una cosa corresponde necesariamente a la generación de otra”.

 

 

 

 

 

 

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